Código penal con citas, notas y concordancias

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Courtheoux y Chateauneuf, 1873 - 92 páginas
 

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Página 84 - Están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente á la civil, por los hurtos, defraudaciones ó daños que recíprocamente se causaren: 1.° Los cónyuges, ascendientes y descendientes ó afines en la misma línea. 2.° El consorte viudo, respecto de las cosas de la pertenencia de su difunto cónyuge, mientras no hayan pasado á poder de otro. 3.° Los hermanos y cuñados, si vivieren juntos.
Página 51 - El empleado público que directa ó indirectamente se interesare en cualquiera clase de contrato ú operación en que deba intervenir por razón de su cargo , será castigado con las penas de inhabilitación temporal especial y multa del 10 al 50 por 100 del valor del interés que hubiere tomado en el negocio.
Página 36 - En caso de disolverse el tumulto sin haber causado otro mal que la perturbación momentánea del orden, sea que la dispersión se verifique espontáneamente y de común acuerdo por los mismos sublevados, ó bien por obediencia á la intimación de la autoridad...
Página 80 - Los que cometieren alguna defraudación abusando de firma de otro en blanco y extendiendo con ella algún documento en perjuicio del mismo ó de un tercero.
Página 66 - En los casos de estupro, violación ó rapto de una mujer soltera, quedará exento de pena el delincuente, si se casare con la ofendida, prestando ella su libre consentimiento , después de restituida á poder de su padre ó guardador, ó á otro lugar seguro. ART.
Página 68 - Cuando la injuria o calumnia se hubiere propagado por medio de la prensa, en la Capital y territorios nacionales, sus autores quedarán sometidos a las sanciones del presente Código y el Juez o Tribunal ordenará, si lo pidiere el ofendido, que los editores inserten en los respectivos impresos o periódicos, a costa del culpable, la sentencia o satisfacción.
Página 22 - La interdicción civil priva al penado, mientras la está sufriendo, del derecho de patria potestad, de la autoridad marital de la administración de sus bienes , y del derecho de disponer de ellos por actos entre vivos.
Página 72 - El que teniendo á su cargo la crianza ó educación de un menor lo entregare á un establecimiento público ó á otra persona sin la anuencia de la que se lo hubiere confiado, ó de la autoridad en su defecto, será castigado con una multa de 125 á 1.250 pesetas.
Página 63 - Al que habiendo injuriado á su adversario , se niegue á darle una satisfacción decorosa : 4°. Al provocador que se negare á explicar á su adversario los motivos del desafío : 5°. Al que desechare las explicaciones suficientes, ó la satisfacción decorosa que le ofrezca su adversario. 6°.
Página 51 - Esta disposición es aplicable á los peritos, arbitros y contadores particulares respecto de los bienes ó cosas en cuya tasación, partición ó adjudicación hubieren intervenido, y á los tutores, curadores y albaceas respecto de los pertenecientes á sus pupilos ó testamentarías.

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